Reforma del Código Civil: Ley N° 1/92 y sus cambios Clave
La Ley N° 1/92, titulada "De la Reforma Parcial del Código Civil", marcó un hito en el sistema jurídico paraguayo. Esta normativa modernizó aspectos fundamentales del derecho civil, priorizando la igualdad, la protección familiar y la adaptación a nuevas realidades sociales. A continuación, respondemos a algunas preguntas clave sobre su contenido:
¿Cuáles son las reformas principales de la Ley N° 1/92?
Igualdad entre cónyuges y derechos familiares:
- Se estableció la igualdad de derechos y responsabilidades entre el hombre y la mujer en el matrimonio (Art. 6).
- Los cónyuges tienen iguales deberes respecto al hogar y los hijos, independientemente de sus aportes económicos.
La Ley N° 1/92 refuerza la igualdad entre cónyuges y los derechos familiares mediante una serie de disposiciones que promueven un enfoque equitativo en las relaciones matrimoniales. Aquí se destacan algunos puntos clave que podrían enfatizarse:
1. Igualdad en el hogar y la toma de decisiones (Art. 6, 15 y 16):
- Ambos cónyuges tienen iguales deberes y derechos en el hogar, independientemente de su contribución económica. Esto incluye decisiones sobre el cuidado del hogar, los hijos y los asuntos cotidianos.
- Cada cónyuge tiene el deber y derecho de participar en el gobierno del hogar, y las decisiones económicas deben tomarse de forma conjunta.
- Si uno de los cónyuges no puede ejercer sus derechos o funciones, el otro asume esas responsabilidades en las condiciones previstas por la ley.
2. Contribución equitativa al sostenimiento del hogar (Art. 8 y 9):
- La contribución económica de los cónyuges al hogar será proporcional a sus ingresos.
- La atención y cuidado del hogar se reconoce como una función socialmente útil y de responsabilidad compartida. Si un cónyuge se dedica exclusivamente a estas labores, el otro debe asumir la carga económica.
3. Independencia personal y profesional (Art. 7 y 14):
- Cada cónyuge tiene el derecho de ejercer cualquier profesión, industria o actividad lícita, sin que esto implique subordinación dentro del matrimonio.
- Se garantiza igualdad en la autoridad dentro del domicilio conyugal, y cualquiera de los cónyuges puede ausentarse temporalmente por razones profesionales o personales justificadas.
4. Decisiones sobre los hijos (Art. 12 y 13):
- Los padres tienen iguales derechos para decidir el orden de los apellidos de sus hijos y el número y espaciamiento de estos. Además, tienen derecho a recibir orientación científica en instituciones estatales para la planificación familiar.
5. Uso del apellido marital y respeto mutuo (Art. 10 y 11):
- La mujer puede optar por usar el apellido del marido junto al suyo, sin que esto implique pérdida de identidad, mientras que el marido tiene la misma opción respecto al apellido de su esposa.
- El no uso del apellido marital por parte de la mujer no puede ser considerado ofensivo por el marido, estableciendo un principio de respeto mutuo.
6. Reconocimiento de los derechos dentro de un régimen patrimonial equitativo (Art. 22 y siguientes):
- La ley ofrece flexibilidad en la elección del régimen patrimonial, eliminando la subordinación económica y asegurando igualdad en la administración y disposición de los bienes comunes o propios.
La Ley N° 1/92 no solo reconoce la igualdad formal entre cónyuges, sino que también la traduce en prácticas legales que refuerzan el respeto, la colaboración y la corresponsabilidad. Esto constituye un marco avanzado que fomenta relaciones equilibradas y protege los derechos individuales dentro del matrimonio.
En un contexto social actual, estas disposiciones siguen siendo relevantes para fortalecer la equidad en las familias.
Régimen patrimonial del matrimonio:
Se introdujeron opciones como la comunidad de gananciales, participación diferida y separación de bienes (Art. 22).
Las capitulaciones matrimoniales deben constar por escrito, promoviendo mayor claridad en acuerdos patrimoniales.
Uniones de hecho o concubinato:
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- La ley reconoció derechos patrimoniales y de familia para parejas en unión estable y pública (Art. 83-94).
¿Qué otros cambios importantes trajo esta ley?
- La mujer casada puede decidir el uso de su apellido marital sin implicar cambio de identidad oficial (Art. 10).
- Regulación sobre el uso del apellido de los hijos matrimoniales y extramatrimoniales (Art. 12).
- Derecho de los cónyuges a decidir libremente sobre la planificación familiar (Art. 13).
Esta reforma fortaleció derechos individuales y colectivos, promoviendo la equidad y la protección familiar.
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- Código Civil
- Título Preliminar
- Libro I De las personas y de los derechos personales en las relaciones de familia
- Libro II De los hechos y actos jurídicos y de las obligaciones
- Libro III De los contratos y de otras fuentes de obligaciones
- Libro IV De los derechos reales o sobre las cosas
- Libro V De la sucesión por causa de muerte
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